Andalucia no tiene intencion de sacar las listas de matriculados ni dar numeros porque a saber la de gambazos que han mentido y ni ellos lo saben y tenemos que seguir peleando porque arreglen las cosas y saquen los datos reales tal y como indica la ley de transparencia.
El 3 de agosto envíe esto y el 3 de septiembre recibí el acuerdo de prórroga de máximo 20 días el cual finaliza en una semana y sigo sin obtener respuesta veremos a ver..
Aquí adjunto la resolución
Con fecha de 3 de agosto de 2024 tuvo entrada en la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación la siguiente solicitud de información pública:
Información solicitada:
“Solicito por favor número de alumnos matriculados a fecha 1 de agosto de 2024 en el grado de medicina en las 8 provincias andaluzas disgregados por universidad.”
El artículo 32 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía establece que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de una solicitud de información pública será de 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, prorrogables por igual período en el caso de que el volumen o la complejidad de la información solicitada lo requiera.
Una vez analizada la solicitud presentada y con base en lo establecido en citado artículo, el titular de la Dirección General de Coordinación Universitaria, competente para tramitar su solicitud en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales,
ACUERDA:
Prorrogar en 20 días el plazo máximo de resolución y notificación por seguir en proceso de valoración de la solicitud de acceso a la información pública.
Según lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este Acuerdo no es susceptible de recurso alguno.
Mediante este documento se notifica a la persona solicitante el presente Acuerdo, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El Director General de Coordinación Universitaria