País vasco
Buenos días,
Como se le informó previamente y cito literalmente el texto del mensaje enviado: “En el grado de Medicina en euskera, se cerró la matricula con 132 personas matriculadas. Posteriormente, se han dado de baja 3 personas, la última esta semana, cuando ya ha transcurrido un mes desde el inicio del periodo docente. En el grado de Medicina en castellano tenemos un exceso de 36 matrículas cerradas, debido a un aumento considerable de matrículas condicionadas que finalmente han cerrado la matrícula.”
Las plazas ofertadas eran 130 para Medicina euskera y 200 para Medicina castellano y en el plazo de matriculación se formalizaron más matriculas que plazas ofertadas, para intentar garantizar la cobertura de las mismas. Puede ocurrir, como así ha sido este curso, que el centro asuma un número mayor de alumnas y alumnos una vez que las matrículas condicionadas se hacen definitivas, por lo tanto el Centro hace un esfuerzo considerable por asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas.
A pesar de ello, a lo largo de todo el curso se pueden producir bajas de alumnado por motivos de diversa índole y no es posible su cobertura por varias razones:
En primer lugar, todo el alumnado matriculado en el Grado tiene derecho a recibir toda la docencia, tanto práctica como teórica, de la que se ha matriculado y por la que ha pagado. Este derecho no se podría garantizar a aquel alumnado que se incorporara al curso una vez transcurridas 4 semanas desde su inicio.
Además, si esta docencia teórica y práctica no se recibe, no se garantizaría ni la adquisición de competencias ni la evaluación de las mismas en las mismas condiciones que el resto del alumnado. El alumnado matriculado puede renunciar a la evaluación continua antes de las 9 semanas, pero no puede renunciar a ser evaluado/a de todas y cada una de las competencias prácticas de Medicina, algunas de las cuales requieren la asistencia o realización de las actividades prácticas. Dado que estas actividades prácticas, en ningún caso podrían ser realizadas por alumnado no matriculado, queda claro que su evaluación estaría en desigualdad de condiciones.
En el artículo 15b de la normativa de gestión se explicita que a lo que se refiere la el artículo 7.2 del RD 412/2014 es a plazas "sin asignar" dentro de los plazos legalmente establecidos y publicados, es decir, hasta el 15 de septiembre, las plazas de baja sobrevenida una vez formalizada la matricula, requieren una anulación y si va a otra Universidad, un traslado de expediente, por lo que esas plazas
no son vacantes sin asignar. Esta Universidad, en aplicación del artículo 9 de la Normativa de Gestión incrementa el límite de plazas autorizado teniendo en cuenta los diferentes cupos y las matrículas anuladas en años anteriores y esto supone que las posibles bajas que se realicen una vez iniciado el curso no supongan tener que llamar al siguiente en la lista en octubre o noviembre, porque
no han dejado una plaza libre.
En base a todo lo expuesto, transcurrido un mes desde el inicio del curso, no se realizan nuevos llamamientos y se oferta dicha plaza como traslado el curso siguiente.
Un saludo,
Almudena Ramos Uriarte | Idazkari akademikoa | Secretaria Académica | [email protected] | T. +34 946012718 |
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Medikuntza eta Erizaintza Fakultatea Facultad de Medicina y Enfermería | Bizkaikoko Campusa Campus de Bizkaia | |
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