@megava, el caso es q no habla de anulación por entrar a un ciclo, habla por entrar en otro grado universitario, de otra universidad o de la misma US, sino tiene 15 días para desistir
d) La anulación de la matrícula por haber obtenido plaza en esta u otra universidad (a través de
preinscripción o del sistema de admisión que tenga establecido) en otra titulación de grado, máster
universitario o estudios de doctorado donde hubiese sido admitido el estudiante con posterioridad a
su matriculación en la Universidad de Sevilla, no tendrá ningún efecto académico ni económico. En
este caso, considerando que la misma es imputable al procedimiento de adjudicación de plazas,
procede la devolución del importe correspondiente a los servicios académicos y administrativos y al
seguro escolar. El estudiante perderá la plaza adjudicada por preinscripción en el curso 2023/2024.
Si la nueva plaza obtenida lo es de un Centro propio de la Universidad de Sevilla, el importe abonado
en la primera titulación podrá ser compensado en la nueva
Si pasa de 15 días y hasta el 31 de Marzo, yo entiendo q tiene q pagar:
“Si se solicita con posterioridad al plazo anterior, pero hasta el 31 de marzo:
− No procederá la devolución de los precios públicos ni se eximirá de la obligación de satisfacer las
cantidades aplazadas y no abonadas (artículo 27.2 de la Ley 8/89, de 13 de abril, de Tasas y
Precios Públicos).
− Serán de aplicación los recargos económicos en la siguiente matrícula que realicen en los mismos
estudios.
− No se computará la matrícula realizada a efectos académicos.
− Si el estudiante accedió por preinscripción en el curso 2023/2024, perderá la plaza adjudicada. “
d) La anulación de la matrícula por haber obtenido plaza en esta u otra universidad (a través de
preinscripción o del sistema de admisión que tenga establecido) en otra titulación de grado, máster
universitario o estudios de doctorado donde hubiese sido admitido el estudiante con posterioridad a
su matriculación en la Universidad de Sevilla, no tendrá ningún efecto académico ni económico. En
este caso, considerando que la misma es imputable al procedimiento de adjudicación de plazas,
procede la devolución del importe correspondiente a los servicios académicos y administrativos y al
seguro escolar. El estudiante perderá la plaza adjudicada por preinscripción en el curso 2023/2024.
Si la nueva plaza obtenida lo es de un Centro propio de la Universidad de Sevilla, el importe abonado
en la primera titulación podrá ser compensado en la nueva
Si pasa de 15 días y hasta el 31 de Marzo, yo entiendo q tiene q pagar:
“Si se solicita con posterioridad al plazo anterior, pero hasta el 31 de marzo:
− No procederá la devolución de los precios públicos ni se eximirá de la obligación de satisfacer las
cantidades aplazadas y no abonadas (artículo 27.2 de la Ley 8/89, de 13 de abril, de Tasas y
Precios Públicos).
− Serán de aplicación los recargos económicos en la siguiente matrícula que realicen en los mismos
estudios.
− No se computará la matrícula realizada a efectos académicos.
− Si el estudiante accedió por preinscripción en el curso 2023/2024, perderá la plaza adjudicada. “