Vistas las propuestas de la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de la de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, esta Dirección General resuelve:
Primero.
Nombrar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 27 de junio de 1989, la Comisión Calificadora del ejercicio para Médicos, que estará presidida por designación de la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por doña María Belén Hernández Fernández, Consejera técnica de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones y vicepresidida por
delegación de la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por don Juan Antonio López Blanco, Subdirector General de Ordenación Profesional y de la que formarán parte como vocales:
don José Luis Álvarez-Sala Walther, Decano de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid; doña Carmen Suárez Fernández, Jefa del Servicio de Medicina Interna del Hospital Universitario de La Princesa de Madrid y don Toni Soriano Colomé, Residente de Cardiología del Hospital Universitario Vall d’Hebron de Barcelona.
Será Secretaria de dicha Comisión doña Raquel Herguera Manso, Jefa de Servicio de la Subdirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que contará con la asistencia administrativa de don Elisardo Caleo Espinosa, funcionario de este Departamento
…
Octavo.
Cada aspirante deberá comparecer, para rendir el ejercicio ante la Mesa que le ha sido señalada en la correspondiente relación definitiva de admitidos, a las quince treinta horas (catorce treinta en Canarias) del sábado 31 de enero de 2015, provisto del documento de identificación con el que haya participado en la Prueba Selectiva, sea este el documento nacional de identidad, pasaporte o número de identificación de extranjeros (N.I.E.), y de bolígrafo de tinta indeleble. No está permitido el uso de teléfonos móviles dentro del recinto de examen, ni de cualquier otro dispositivo con capacidad de almacenamiento de información o posibilidad de comunicación mediante voz o datos, una
vez iniciado el ejercicio y hasta el final del mismo. No está permitida la utilización de calculadoras, excepto en el caso de aspirantes a plazas de Radiofísica Hospitalaria.
Madrid, 7 de enero de 2015.–El Director General de Ordenación Profesional, Carlos
Jesús Moreno Sánchez.
fuente BOE