REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN MIR 2014-2015.

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logo_ministerio1Novedades relevantes en la convocatoria de pruebas selectivas 2014-2015.

-La mayor novedad de este año es que solamente habrá una orden de convocatoria unificada para todas las titulaciones. Por este motivo, la tasa de participación es igual y única para todos los aspirantes con estos importes actualizados: 29,59 euros la tasa normal y 14,80 euros la reducida.

 

-Cupo de plazas para extracomunitarios: En las especialidades para la titulación de Medicina se reduce el cupo hasta el 4% de las plazas que podrán ser ocupadas por ciudadanos nacionales de países no comunitarios y no habrá segunda vuelta de adjudicación. El cupo de plazas para extracomunitarios en las especialidades de acceso para las titulaciones de Farmacia se mantiene en el 3% y en Enfermería en el 2%.

Duración del examen de Enfermería y número de preguntas. Se modificará el número de preguntas del cuestionario, que pasará a ser de 200 preguntas más 10 de reserva, aumentando la duración del examen a cuatro horas y media.

Declaración jurada de carencia de rentas en el caso de aspirantes en situación de desempleo. Este año, el propio M/790 de solicitud incorpora la fórmula impresa mediante la que se hará esta declaración jurada, por lo que solamente será preciso firmar dicho modelo sin que sea necesario aportar otro documento.

-Los aspirantes que realicen el pago de la tasa mediante transferencia desde el extranjero, deberán tener en cuenta las siguientes instrucciones que se añaden este año:

–          Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que hace la transferencia.

–          Cuando el ingreso correspondiente a una transferencia no se corresponda con el importe íntegro de la tasa establecida, el aspirante afectado será declarado No admitido por falta de abono de la tasa.

-Nota de corte para todas titulaciones. Se mantiene en el 35% de la media aritmética obtenida por los diez mejores exámenes en cada titulación (en esa operación no se tendrán en cuenta los números decimales). Se entenderá que superan la prueba, los aspirantes cuya valoración particular del examen sea igual o superior a ese 35% de la media de los diez mejores. El resto serán eliminados y no obtendrán número de orden.

Se mantiene, sin cambios, el sistema para la adjudicación de plazas a aspirantes que hayan acreditado una discapacidad igual o superior al 33% y hayan optado por el turno específico de aspirantes con discapacidad. El 7% de las plazas ofertadas para cada titulación, podrán ser adjudicadas a estos aspirantes, en los mismos términos ya aplicados en la convocatoria anterior. Es decir, el aspirante con discapacidad elegirá la plaza y especialidad, según el número de orden obtenido, que considere compatible con su situación particular, sin que ello prejuzgue el resultado, positivo o negativo, del reconocimiento médico obligatorio inicial al que han de someterse todos los residentes (con discapacidad o no), al incorporarse a la plaza adjudicada.

En el momento en que el número de plazas por adjudicar se iguale con el número de plazas reservadas para personas con discapacidad pendientes de adjudicar y resten aspirantes del turno de discapacidad que hayan superado la puntuación mínima que se determine en la Convocatoria, se suspenderán los actos de adjudicación para el turno ordinario, y comenzarán a elegir las personas con discapacidad, aunque tengan menos puntuación que las del turno general. Las plazas reservadas en el turno de discapacidad que no sean cubiertas se reasignarán al turno libre, reanudándose los actos ordinarios de adjudicación.

Reconocimiento médico. En las bases de la convocatoria se prevé que el reconocimiento médico que debe llevar a cabo los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales para todos los adjudicatarios de plazas (pertenezcan o no al turno de personas con discapacidad), se realice en el plazo de 3 meses a partir del día en el que concluye el plazo.

-Al igual que en la convocatoria anterior No habrá Admisión Provisional a la prueba. Todos los requisitos de participación deberán cumplirse y acreditarse en el plazo de presentación de solicitudes y se podrán aportar también en el plazo de subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos.

– Se recuerda asimismo la exigencia de un nivel superior de idioma español y de documentación específica en la acreditación de nacionalidad e identidad de los aspirantes extranjeros nacionales de países no comunitarios. Leer atentamente los apartados Documentos y Plazos para aportar la documentación.

  • Presentar la instancia (Modelo 790) en el plazo establecido: de 24/09/2014 a 03/10/2014, ambos inclusive, debidamente cumplimentada y firmada.

El Modelo 790 se podrá obtener en la página Web del Ministerio a partir del día 24 de septiembre. Consta de tres ejemplares (para la Administración, para el interesado y para la entidad colaboradora) y una hoja de instrucciones. El modelo de solicitud se puede cumplimentar directamente en el ordenador o también se puede solicitar en blanco en las Unidades administrativas de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de las diferentes provincias y en los Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ,(Paseo del Prado 18-20) Madrid.

Es importante tener en cuenta, que el formulario solamente funciona correctamente con versiones de Adobe Reader 7.0 y superiores. El propio formulario incorpora la posibilidad de descarga e instalación gratuita de la versión 8.1. NO SE PUEDEN HACER FOTOCOPIAS, porque cada documento debe tener un número y código de barras específico.

. Nacionalidad de los aspirantes

  1. Ser español o nacional de países integrantes de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de la Confederación Suiza o del Principado de Andorra.
  2. Los aspirantes extranjeros nacionales de países no comunitarios también podrán participar en las Pruebas Selectivas, siguiendo las reglas del siguiente cuadro resumen sobre la participación, documentación y cupo de plazas para los aspirantes extranjeros no comunitarios
1º) Régimen comunitario (*) 2º) Con autorización de residencia en cualquier modalidad. (*) 3º) Con autorización de estancia por estudios, (Sujetos a cupo de plazas) 4º) Resto de situaciones, (Sujetos a cupo de plazas)
Médicos SI SI SI(**) SI(***)
Farmacéuticos SI SI SI(**) SI(***)
Químicos SI SI NO NO
Biólogos SI SI NO NO
Psicólogos SI SI NO NO
Radiofísicos SI SI NO NO
Enfermería SI SI SI(**) SI(***)
Presentación Declaración Jurada para extranjeros NO NO SI SI
Afectados por el cupo de plazas para extranjeros NO NO SI(****) SI(****)

(*) Situación que deben acreditar documentalmente, mediante presentación de fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

(**) Siempre que el país del que sea nacional el aspirante, tenga suscrito y en vigor, Convenio de Cooperación Cultural con España.

(***) Siempre que el país del que sea nacional el aspirante, tenga suscrito y en vigor, Convenio de Cooperación Cultural con España y aporten fotocopia del pasaporte compulsada en la Oficina Consular de España del país donde presenta la solicitud

(****) El número total de plazas que se pueden adjudicar a estos aspirantes es de 244 para Médicos, 8 para Farmacéuticos y 19 para Especialidades de Enfermería.

 

  • Pagar la tasa por derechos de participación: 29,59 € para todos los aspirantes. Están exentos del abono de la tasa por derechos de examen, los siguientes grupos:

1.- Los aspirantes que figuren como demandantes de empleo en los términos previstos en el art. 18 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, en su redacción dada por el art. 14 de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden social. Recuerde que, además del certificado del INEM (donde debe estar inscrito como mínimo un mes antes a la publicación en el B.O.E. de la Orden de convocatoria), es preceptivo e imprescindible incluir una declaración jurada de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. El modelo 790 de este año ya incorpora esta declaración jurada, por lo tanto solo tendrá que firmar la solicitud.

2.- Los aspirantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Si su situación requiere algún tipo de adaptación para realizar el examen, deben hacer constar esta circunstancia mediante carta independiente dirigida a: Subdirección General de Ordenación Profesional; Área de Formación Sanitaria Especializada; Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,  Paseo del Prado, 18-20; 28071 MADRID.

3.- Los aspirantes que acrediten su pertenencia a familia numerosa, estarán exentos del abono de la tasa en su totalidad, si son de familia numerosa de «Categoria Especial» y tendrán una bonificación del 50% si son de familia numerosa de «Categoría General». Estos últimos deben abonar 14,80 €.

  • Los aspirantes nacionales de países cuya lengua oficial no sea el castellano deberán acreditar un conocimiento suficiente del idioma, mediante la presentación de alguno de los documentos que se especifican en el apartado Documentos.

MUY IMPORTANTE: El nivel de idioma exigido para esta convocatoria es el C1 o el C2 y todos los aspirantes nacionales de estados cuyo idioma oficial no sea el castellano, acreditarán documentalmente el conocimiento suficiente del mismo. El documento acreditativo deberá presentarse en el plazo de presentación de solicitudes o en su defecto en el plazo de subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos (17/11/2014), excepto si se presentaron en la convocatoria 2011/2012 y hubieran obtenido número de orden en la Relación Definitiva de Resultados, o bien, los que habiendo participado en las convocatorias 2012/2013  y 2013/2014 hubieran sido admitidos al examen. Ver Plazos para aportar la documentación

Estarán exentos de acreditar este requisito del idioma:

Aspirantes cuyo título de Licenciado (o Diplomado de Enfermería en su caso) en virtud del cual se presentan a estas pruebas selectivas, haya sido expedido por alguna universidad del Estado Español o de otros Estados cuya lengua oficial sea el castellano.

Así mismo estarán exentos, los aspirantes que acrediten haber concluido en el estado español un periodo de al menos dos años completos de formación especializada en ciencias de la salud, como consecuencia de haber obtenido plaza en formación en anterior convocatoria nacional de Pruebas Selectivas.

  • Renuncia previa. Aquellos aspirantes que se encuentren realizando un periodo de formación especializada en plaza de residente obtenida en anteriores convocatorias, sólo podrán concurrir, si junto con su solicitud aportan renuncia previa y expresa a la plaza en formación que desempeñen. En el documento de renuncia deberá figurar la diligencia expedida por la gerencia o el registro de entrada en el Servicio de Personal correspondiente, que no podrán ser posteriores a la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes. La falta de renuncia previa en los términos previstos, implicará la exclusión de las pruebas.
  • Recuerde que el examen se desarrolla simultáneamente el mismo día y a la misma hora para todas las titulaciones, por lo que solamente es posible ser admitido a examen para una titulación. Esto es especialmente relevante para las personas que tengan más de un título de Licenciado o Diplomado y para los Licenciados en Bioquímica. Estos últimos deben optar en la instancia por la prueba selectiva de Químicos o por la de Biólogos.

Tenga en cuenta que el plazo de presentación de instancias es corto. No espere al último día para presentar su instancia. Este trámite podrá hacerlo:

  • En el Registro General del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, (Paseo del Prado 18-20) en Madrid, de lunes a viernes de 9,00 a 17,30 horas ininterrumpidamente y los sábados de 9,00 a 14,00 horas.
    · En las Unidades administrativas de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
    · Por correo certificado, pidiendo en la Oficina de Correos que le sellen la copia para el interesado del Modelo 790, como garantía de la fecha de presentación.
    · En la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Aviso:   Para las solicitudes que se envíen desde el extranjero mediante alguna empresa internacional de transporte, la fecha válida, es la de la entrada efectiva de la documentación en alguno de los Registros autorizados y no la de entrega a la empresa.

 

Esta información no tiene carácter de notificación administrativa

fuente MSSSI

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