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Publicadas las características de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad 2018.

Se ha publicado la Orden ECD/42/2018, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2017/2018.

La evaluación de Bachillerato se realizará exclusivamente al alumnado que quiera
acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

Materias objeto de evaluación.

Las pruebas versarán sobre las materias generales del bloque de asignaturas troncales de segundo curso de Bachillerato de la modalidad elegida para la prueba y, en su caso, de la materia Lengua Cooficial y Literatura.
Los estudiantes que quieran mejorar su nota de admisión podrán examinarse de, al menos, dos materias de opción del bloque de asignaturas troncales de segundo curso. Sin
perjuicio de lo anterior, las universidades podrán tener en cuenta en sus procedimientos de
admisión, además de la calificación obtenida en cada una de las materias de opción del
bloque de asignaturas troncales elegidas por el estudiante, la de alguna o algunas de las
materias generales pertenecientes al bloque de asignaturas troncales según modalidad e
itinerario.
Asimismo los estudiantes podrán examinarse de una segunda lengua extranjera distinta de la que hubieran cursado como materia del bloque de asignaturas troncales. La calificación obtenida en dicha prueba podrá ser tenida en cuenta por las universidades en
sus procedimientos de admisión.

Longitud de las pruebas.
1. Se realizará una prueba por cada una de las materias objeto de evaluación.
2. Cada prueba constará de un número mínimo de 2 y un número máximo de 15 preguntas.
3. Cada una de las pruebas de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad tendrá una duración de 90 minutos. Se establecerá un descanso entre pruebas consecutivas de, como mínimo, 30 minutos. No se computará como periodo de descanso el utilizado para ampliar el tiempo de realización de las pruebas de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo a los que se les haya prescrito dicha medida.
4. La evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad tendrá una duración de un máximo de cuatro días. Aquellas Administraciones educativas con lengua cooficial podrán establecer una duración de un máximo de cinco días.

Pruebas y tipología de preguntas.
1. Preferentemente, las pruebas se contextualizarán en entornos próximos a la vida del alumnado: situaciones personales, familiares, escolares y sociales, además de entornos científicos y humanísticos.
2. Cada una de las pruebas contendrá preguntas abiertas y semiabiertas que requerirán del alumnado capacidad de pensamiento crítico, reflexión y madurez. Además de estos tipos de preguntas, se podrán utilizar también preguntas de opción múltiple,siempre que en cada una de las pruebas la puntuación asignada al total de preguntas abiertas y semiabiertas alcance como mínimo el 50 %.
3. A los efectos de esta orden, las categorías de preguntas se definen de la siguiente
manera:
a) De opción múltiple: preguntas con una sola respuesta correcta inequívoca y que no exigen construcción por parte del alumno, ya que este se limitará a elegir una de entre las opciones propuestas.
b) Semiabiertas: preguntas con respuesta correcta inequívoca y que exigen construcción por parte del alumno. Esta construcción será breve, por ejemplo un número que da respuesta a un problema matemático, o una palabra que complete una frase o dé respuesta a una cuestión siempre que no se facilite un listado de posibles respuestas.
c) Abiertas: preguntas que exigen construcción por parte del alumno y que no tienen una sola respuesta correcta inequívoca. Se engloban en este tipo las producciones escritas y las composiciones plásticas.

Fechas límite para la realización de las pruebas.
1. Las pruebas deberán finalizar antes del día 15 de junio de 2018.
Los resultados provisionales de las pruebas serán publicados antes del 29 de junio de 2018.
2. Las pruebas correspondientes a la convocatoria extraordinaria deberán finalizar:
a) Antes del día 13 de julio de 2018, en el caso de que la Administración educativa competente determine celebrar la convocatoria extraordinaria en el mes de julio. En este
caso, los resultados provisionales de las pruebas deberán ser publicados antes del 21 de
julio de 2018.
b) Antes del día 15 de septiembre de 2018, en el caso de que la Administración educativa competente determine celebrar la convocatoria extraordinaria en el mes de
septiembre. En este caso, los resultados provisionales deberán ser publicados antes del 22 de septiembre de 2018.

Calificación y validez de las pruebas.
1. La calificación de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas de cada una de las pruebas realizadas de las materias generales del bloque de asignaturas troncales y, en su caso, de la materia Lengua Cooficial y Literatura, expresada en una escala de 0 a 10 con tres cifras decimales y redondeada a la milésima. Esta calificación deberá ser igual o superior a 4 puntos para que pueda ser tenida en cuenta en el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
2. La calificación para el acceso a la Universidad se calculará ponderando un 40 por 100 la calificación señalada en el párrafo anterior y un 60 por 100 la calificación final de la etapa. Se entenderá que se reúnen los requisitos de acceso cuando el resultado de esta ponderación sea igual o superior a cinco puntos.
3. La superación de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad tendrá validez indefinida. Las calificaciones obtenidas en las pruebas para mejorar la nota de admisión tendrán validez durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas. Ambos períodos de validez son aplicables igualmente a las pruebas realizadas en el curso 2016-2017.
4. Los estudiantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la calificación obtenida en cualquiera de las pruebas. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior.

Organización de las pruebas.
1. Las Administraciones educativas, en colaboración con las universidades, organizarán la realización material de las pruebas que configuran la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad.
2. En lo que no se oponga a lo dispuesto en el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y en esta orden ministerial, las universidades asumirán las mismas funciones y responsabilidades que tenían en relación con la Prueba de Acceso a la Universidad que se ha venido realizando hasta el curso 2016-2017. No obstante, cada Administración educativa podrá delimitar el alcance de la colaboración de sus universidades en la realización de las pruebas.

Matrices de especificaciones de las materias de Bachillerato

Fuente: BOE-A-2018-984

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