Impugnación preguntas del examen MIR 2021

Plazo de presentación de reclamaciones a las preguntas de examen: del 31 de marzo al 6 de abril de 2021.

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Impugnación preguntas del examen MIR
Impugnación preguntas del examen MIR

El plazo para presentar reclamaciones a las preguntas de examen va desde el 31 de marzo de 2021 hasta el día 6 de abril 2021.

Posibles Impugnaciones

Impugnación preguntas de Hematología

Mas información y bibliografía en Impugnación preguntas de Hematología del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de Traumatología

Mas información y bibliografía en Impugnación preguntas de Traumatología del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de Digestivo

Mas información y bibliografía en Impugnación preguntas de Digestivo del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de Oftalmología

Mas información y bibliografía en Impugnación preguntas de Oftalmología del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de Reumatología

Mas información y bibliografía en Impugnación preguntas de Reumatología del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de Cuidados paliativos

Rocío Rojí: «insisto en impugnar las dos (41 y 42) sin duda».
En la 41 ninguna es correcta, y el término que dan por bueno hace 20 años que no se usa por confuso, la correcta sería adecuación del esfuerzo terapéutico. Me parece grave que quieran transmitir que eso es eutanasia.
La 42 tiene dos claramente falsas y una muy mal enfocada, ya que se trata de un síntoma difícil y no refractario tal como lo plantean.
Mas información y bibliografía en Respuestas comentadas a las preguntas de Cuidados paliativos del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de Enfermedades infecciosas

Marta Trigo: «creo que es impugnable la pregunta 153 ya que el enunciado no es correcto de partida (el tratamiento indicado de primera linea para C. Difficile es Vancomicina, siendo claramente metronidazol un tratamiento inferior según la evidencia actual)»

Mas información y bibliografía en Respuestas comentadas a las preguntas de Enfermedades infecciosas del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de obstetricia y ginecología

Elisa Balmaseda: «La pregunta 66 me parece impugnable ya que tanto la opción 2 como la 4 son correctas (se pueden administrar gestágenos para anticoncepción en mujeres lactantes ya sea vía oral o mediante DIU).

La pregunta 72 pudiera ser también impugnable ya que revisando algo de literatura es cierto que la respuesta 1 es correcta (la fertilidad no se ve afectada) pero la 2 también es correcta (pueden darse brotes más graves y frecuentes durante la gestación).»

Mas información y bibliografía en Respuestas comentadas a las preguntas de obstetricia y ginecología del examen MIR 2021

Impugnación preguntas de Estadística

Francesc Rossello:»creo que es anulable la 52, de tan mal redactada que está. De respuestas estrictamente incorrectas (pide la incorrecta) hay 3, y la MÁS incorrecta es la 1, ministerio dice que la 3. Pero la 1 no tiene ni sentido, al hablar de «El cociente de probabilidades” en vez de “Los cocientes de probabilidades” . La 1 sería correcta (aunque confusa, qué quiere decir configurar?) si dijese “Los cocientes de probabilidades se configuran como UNOS índices que engloban la sensibilidad y especificidad y sus complementarios.» «

Mas información y bibliografía en Impugnación preguntas de Estadística del examen MIR 2021

AYUDA Presentación de impugnaciones a las Preguntas de los Cuestionarios de Examen

En la presente convocatoria de pruebas selectivas, la forma de presentación de las impugnaciones a las preguntas de los diferentes exámenes, se hará en soporte electrónico.

En la dirección https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/index.xhtml, en Convocatoria actual, encontrará una opción de menú denominada “Presentación de Impugnaciones”.

Debe identificar la pregunta que impugna, con el número que le corresponde en la Versión “0” de examen.

Una vez autenticado en el sistema, se abrirá una nueva pantalla que le oferta las posibilidades de “Añadir impugnación”; “Modificar”; “Eliminar” e “Imprimir”.

Si no ha hecho impugnaciones previas o ha elegido la opción de añadir nueva impugnación, el sistema le abrirá nueva pantalla en la que podrá hacer la impugnación propiamente dicha, siendo obligatoria la cumplimentación de los campos marcados con asterisco *.

Una vez cumplimentado el contenido en el que debe incluir, al menos, una referencia bibliográfica, y antes de adjuntar documentos, ES IMPRESCINDIBLE HACER CLICK EN “Enviar formulario”. Una vez enviado el formulario, la pantalla le mostrará el mensaje “La
Impugnación a la Pregunta X ha sido enviada correctamente” y este mismo mensaje le llegará también a su dirección de correo electrónico.

Además, se le habilitará automáticamente la opción de “Imprimir”.

A partir de ese momento, ya puede enviar el archivo pdf que desee adjuntar a la referencia bibliográfica de la impugnación. Para ello, seleccionará la referencia bibliográfica que desee y hará click sobre el botón “Adjuntar/Ver documento” y se le abrirá la siguiente pantalla y podrá insertar el fichero pdf (que no podrá superar 256KB). Una vez insertado, hará click en el botón “Aceptar” y podrá ver en la pantalla, como en la sexta columna de la referencia bibliográfica cuyo título es “Fichero Adjunto”, aparece la leyenda SI, no siendo necesario volver a enviar el formulario porque queda automáticamente vinculado el documento pdf a la impugnación tramitada.
En cualquier momento podrá consultar, cambiar o eliminar el documento pdf adjuntado a alguna referencia bibliográfica. Para ello, deberá seleccionar la referencia bibliográfica, hacer click en el botón “Adjuntar/Ver documento” y en ese momento el sistema le mostrará las tres opciones.

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