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Según este Real Decreto Ley (Disposición adicional quinta), bien las Instituciones donde se desarrollen las prácticas, bien las Universidades mediante convenio, deberán dar de alta en la Seguridad Social a los estudiantes que realicen prácticas, aunque sean no remuneradas...¿Cómo creéis que va a repercutir esto en la realización de prácticas los estudiantes?