La eutanasia, legalmente...?

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La eutanasia, legalmente...?

Mirella

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Hola! Posteo aquí porque creo que es el foro más indicado, espero no equivocarme.

Con este mensaje no pretendo entrar en debate sobre si sí, si no, si depente... simplemente quería preguntar qué dice la ley actualmente respecto a este tema.

Sobre el aborto por ejemplo, tengo entendido que durante un período de tiempo inicial del embarazo (no sé si semanas o meses) es legal, pero luego ya no.

También he oído lo de que hay algunos médicos que se abstienen por conciencia (no sé si éstas eran las palabras), pero si un médico hace eso, tiene el deber de indicarle al paciente otro lugar o médico al que pueda acudir para que escuche su petición (si ésta es legal)? O dicho de otro modo, el paciente tiene derecho a que se lo diga?

Bueno gracias a quien conteste, sólo quiero estar mejor informada. Un saludo!
 
""""""La eutanasia durante el embarazo es un aborto"""""", y sólo hay 3 casos en los que se puede practicar aborto legalmente en España; ante gran riesgo de muerte para la madre, ante malformaciones en el feto y violación.

La única forma de "practicar" eutanasia es mediante el uso de morfina en pacientes con cuidados paliativos, la morfina se suministra como el calmante para estos pacientes, pero también se sabe que puede originar un fallo respiratorio --> muerte, es decir; se suministra un calmante para el dolor, pero se sabe que aumentas las psobilidades de muerte.

Si un médico se abstiene de realizar un aborto por sus convicciones morales, debe informar a otro médico que si realice los abortos para que atienda a la paciente. Siempre se ha de respetar la autonomía del paciente, siempre y cuando esté lúcida.


Vamos creo que es así...que alguien me corrija si me equivoco :)

PD: me equivoqué xD
 
El aborto en España está despenalizado en tres supuestos legales:

1. Que esté en peligro la vida de la madre, tanto salud física como psíquica.

2. En caso de violación, en las 12 primeras semanas.

3. Si el feto va a tener taras fisica o psíquicas irreversibles, en las 22 primeras semanas.


Toda mujer tiene derecho a abortar en cualquier de estos supuestos. El médico, puede rechazar hacerlo por cuestiones morales pero tiene la obligación de facilitar la información necesaria y acceso a otro profesional que lo realice.


En cuanto a la eutanasia, las leyes españolas no contemplan ningún caso en el que se permita. No es legal ayudar a morir a alguien, aunque sí lo es "dejar morir". Si un paciente ha expresado previamente su deseo de no reanimación, por ejemplo, en caso de parada cardiaca, no se hace nada.
 
Respecto a la Eutanasia, esto es lo que pone el Artículo 143 del Código Penal:

"1. El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.
2. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.
3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo.

El suicidio no está castigado, tampoco el intento de suicidio, puesto que muchas veces no se consuma. Pero sí se castiga la inducción al suicidio. Por eso, hay que tener cuidado con lo que se le dice al paciente. La cooperación podría ser poner a disposición del paciente los medios para suicidarse. El artículo 143.3 ya se contempla como homicidio.
En el artículo 143.4 se contempla que si un paciente solicitar seria e inequívocamente que se le aplique un tratamiento para morir y se le aplica, será castigado. Se está intentando que esto se despenalice en España.

Espero que esto aclare tus dudas, un saludo!!!
 
Gracias a todos por responder! =) Sí, todo eso era lo que quería saber. Creo que ahora entiendo mejor el problema de los médicos que aumentan la dosis de morfina, por ejemplo... y claro, ¿hasta qué punto se consideran cuidados paliativos, y hasta qué punto una "ayuda" al suicidio? Supongo que ésa es la parte subjetiva que si el caso llega a juicio depende del juez que te toque... no?

La verdad es que me he quedado con la sensación de que en mundo de derecho hablan en un idioma diferente al de medicina m_m.

Saludos!
 
Pues eso creo que se sabrá a partir de que cantidad es muy tóxico lo que se suministre y tal o cuando se salgan un poco del plan de actuación previsto ( fue lo que pasó con el caso Montes no? )

Seguro que pato lo deja clarito :P
 
Shaydund dijo:
Pues eso creo que se sabrá a partir de que cantidad es muy tóxico lo que se suministre y tal o cuando se salgan un poco del plan de actuación previsto ( fue lo que pasó con el caso Montes no? )
El caso Montes es bastante más complejo porque parece qeu hubo algún qeu otro interés oculto
De todas formas, la sentencia decía claramente que "ni mala praxis ni desatención del deber médico", por tanto, se desestimaron todos los cargos de los cuales fue acusado.

saludos

PD: ¿es qeu no os gusta el mundillo del Derecho? pero si es interesantísimo!! (y lo digo totalmente en serio).
 
Abenza ya sé que la Aguirre estaba por ahí farfullando, pero me pareció leer que Montes se saltó un poco a la torera la forma de actuación por eso lo comenté :7
 
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