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¿Qué es la Certificación Sustitutoria?
Es un documento expedido por la Universidad y firmado por el Rector, que acredita provisionalmente la superación de unos determinados estudios oficiales y que, habiendo abonado las tasas para la expedición del título correspondiente, se está pendiente de su expedición.
La certificación surte en el territorio nacional los mismos efectos legales que la posesión del título definitivo. Para que tenga validez fuera de España será necesaria su legalización o, en su caso, el apostillado. Más información en www.mec.es
¿Cómo se solicita?
La certificación se solicitará bien:
- De forma presencial en el Registro del Edificio de Alumnos (En el caso de la UCM : Avd. Complutense s/n. Planta Baja)
- Por correo electrónico: en la UCM [email protected]
En ambos casos en la UCM deberás cumplimentar el siguiente impreso de solicitud y adjuntar:
- Fotocopia del DNI (para españoles), NIE o Pasaporte (para extranjeros)
¿Cuanto tarda?
El plazo aproximado de emisión será:
- Dos semanas para Licenciados, Diplomados y Doctores (RD 778/1998 y RD 56/2005)
- Mínimo un mes para Grados, Máster y Doctores (RD 1393/2007)
¿Dónde se recoge?
En la Sección de Títulos Oficiales. Existen dos posibilidades de recogida:
- Directamente a tí como interesado, previa presentación del DNI/Pasaporte o NIE.
- A persona autorizada.
¿Qué leyes regulan la expedición de las Certificaciones Sustitutorias?
- Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del Título de Doctor (BOE del 16 de febrero)
- Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios (BOE del 14 de diciembre)
- Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 26 de junio de 1989, para la aplicación de las Órdenes de 8 de julio de 1988 y 24 de diciembre de 1988, en materia de títulos universitarios oficiales (BOE del 18 de julio).
- Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de posgrado (BOE del 1 de mayo)
- Orden ECI/2514/2007, de 13 de agosto, sobre expedición de títulos oficiales de Máster y Doctor (BOE del 21 de agosto)
- Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales (BOE del 6 de agosto)
Fuente: UCM