1. ¿Es lo mismo convalidación y adaptación?
No, si bien los dos términos se refieren al reconocimiento de asignaturas o créditos al cambiar de universidad o de estudios.
- La adaptación se produce al continuar los mismos estudios en otra universidad o al reconocer créditos de libre configuración.
- La convalidación se produce cuando se reconocen asignaturas superadas en otros estudios oficiales o en los mismos si se trata de enseñanzas extranjeras. El criterio básico para convalidar/adaptar es la similitud en el contenido y carga lectiva entre las asignaturas. Tanto si se trata de adaptaciones como de convalidaciones, se mantiene la calificación obtenida en la asignatura reconocida.
2.¿Hay cuadros de convalidación/adaptación?
Las facultades/universidades pueden establecer cuadros orientativos sin carácter vinculante. La convalidación/adaptación depende del programa de la asignatura que hayas cursado. Solo se realizan cuadros automáticos de adaptación cuando un centro modifica un plan de estudios y solo será aplicable a los alumnos de ese centro que estén cursando el plan de estudios modificado.
Lo que si existen son TABLAS de EQUIVALENCIAS por PAÍSES para el calculo de la nota media de los expedientes y su transformación a la correspondiente nota media general española. (VER TABLA) (gracias a MILANO por compartirla)
3.¿Qué asignaturas se adaptan cuando se continúan los mismos estudios en otra universidad?
Según la normativa vigente:
- Se adaptará el primer ciclo en bloque, si está completamente superado.
- Se adaptarán las materias troncales totalmente superadas. Cada materia se divide en una o varias asignaturas. Además, la división de una misma materia troncal en asignaturas puede variar de unas universidades a otras. Por tanto, para saber si una materia troncal ha sido superada en su totalidad es necesario conocer el plan de estudios de la universidad de procedencia.
- Cuando la materia troncal no haya sido superada en su totalidad en los centros de procedencia, se podrá realizar la adaptación por asignaturas cuyo contenido y carga lectiva sean equivalentes.
- Las asignaturas obligatorias de universidad o las optativas se adaptarán en función de la similitud en contenido y carga lectiva con asignaturas del nuevo plan de estudios al que se ha accedido.
- Las asignaturas que no cuenten con asignatura equivalente se adaptaran como créditos de libre configuración.
- Los créditos de libre configuración obtenidos en el plan de estudios de origen se reconocerán mediante adaptación.
4.¿Qué asignaturas se convalidan cuando se accede a otra titulación? ¿Cuándo y como se solicitan las convalidaciones/adaptaciones?
- Convalidarán las asignaturas que tengan un contenido y carga lectiva equivalente con asignaturas de la nueva titulación a la que se ha accedido. Las asignaturas que no sean convalidables podrán ser reconocidas como créditos de libre elección.
- La solicitud de convalidación y/o adaptación se presenta, una vez se ha obtenido plaza, en el momento de matricularse. Consulta en la universidad de destino los plazos y tramites concretos. Las solicitudes de convalidación se suelen presentar en la secretaría del centro y son resueltas por la autoridad académica correspondiente, previo informe del departamento que imparte la asignatura a convalidar o adaptar. Normalmente, hay que rellenar una solicitud de convalidación, acreditar que se ha superado la asignatura que se pretende convalidar/adaptar (debes solicitar certificación académica en tu universidad de origen) y aportar el programa (contenido completo) de la asignatura cursada. Y te tocara esperar hasta que se resuelva.
5.¿Qué se debe hacer mientras se tramita la solicitud de convalidación?
El trámite de convalidación tarda un tiempo en resolverse, a veces meses. Mientras tanto, puedes asistir a las clases de las asignaturas que aunque hayas solicitado su convalidación, preveas que no vayan a ser convalidadas. Una vez que se resuelva la solicitud de convalidación/adaptación, te comunicarán el resultado por escrito y te permitirán modificar la matrícula.
Fuente http://www.mecd.gob.es/