Quién puede solicitarlo/presentarlo
Cualquier persona física mayor de edad.
En el caso de personas menores de edad, deberá estar representado por uno de los progenitores o tutor legal.
La Agencia Española de Protección de Datos en su informe 0401/2015 interpreta que para considerar “trabajo habitual con menores”, es necesario que el puesto de trabajo implique por su propia naturaleza y esencia, un contacto habitual con menores, siendo los menores los destinatarios principales del servicio prestado. No siendo necesario presentar el certificado en aquellas profesiones que, teniendo un contacto habitual con el público en general, entre los que pueden encontrarse menores de edad, no estén por su naturaleza exclusivamente destinados a un público menor de edad.
Si el solicitante no es español, además del certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales para poder “trabajar habitualmente” con menores deberá aportar un certificado de su país de nacionalidad en el que se informe de la carencia de delitos de carácter sexual.