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Abierta la CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO USAL 2016/2017

1.Finalidad
La Universidad de Salamanca convoca, en régimen de concurrencia competitiva, Ayudas al Estudio para los estudiantes matriculados en el actual curso académico 2016-2017 en estudios de grado.

2.Régimen Jurídico
La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta Resolución, en lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la normativa vigente aplicable.
En todo lo no recogido en la misma se aplicará como normativa supletoria la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

3.Dotación presupuestaria
La concesión de estas becas se realizará con cargo a la aplicación 18.02.39.324.M.D.01 del
Presupuesto de la Universidad de Salamanca, con el límite de 265.000 euros. No obstante, este límite podrá ser ampliado con la dotación del Fondo de Solidaridad, aplicación 18.02.39.324M.D.04, para atender las situaciones excepcionales contempladas en esta convocatoria.

4.Condiciones generales para ser beneficiario
Podrán ser beneficiarios los solicitantes que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los siguientes requisitos:
1º) Poseer nacionalidad española, ser nacional de un país de la Unión Europea o de terceros
países cuando se acredite la condición de residente en España, no teniendo esta consideración quienes se encuentren en situación de estancia.
En el supuesto de ciudadanos comunitarios o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena en España.
Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2015.
2º) Quienes se matriculen por primera vez de primer curso de estudios de Grado deberán
acreditar una nota de acceso a la Universidad de 5,50 puntos, con exclusión de la calificación
obtenida en la fase específica.
3º) El número de créditos matriculados, tanto en el último curso realizado como en el actual,
no podrá ser inferior a 60, según lo establecido como matrícula mínima en la convocatoria de
becas de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, salvo cuando, para
finalizar los estudios, le reste un número de créditos inferior a dicho mínimo.
4º) Los solicitantes de la ayuda de segundos y posteriores cursos deberán haber superado en el último curso realizado los siguientes porcentajes de los créditos matriculados:
Rama de conocimiento Porcentaje de créditos a superar
Artes y Humanidades 80 %
Ciencias Sociales y Jurídicas 80 %
Ciencias de la Salud 70 %
Ciencias 55 %
Ingeniería o Arquitectura 55 %
5º) No superar los siguientes umbrales económicos y patrimoniales establecidos por el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (umbral 3) en la convocatoria de carácter general.
UMBRALES ECONÓMICOS
Familias de 1 miembro computable …………………………………….. 14.112 euros
Familias de 2 miembros computables ………………………………….. 24.089 euros
Familias de 3 miembros computables ………………………………….. 32.697 euros
Familias de 4 miembros computables ………………………………….. 38.831 euros
Familias de 5 miembros computables ………………………………….. 43.402 euros
Familias de 6 miembros computables ………………………………….. 46.853 euros
Familias de 7 miembros computables ………………………………….. 50.267 euros
Familias de 8 miembros computables ………………………………….. 53.665 euros
A partir del octavo miembro se añadirán 3.391 euros por cada nuevo miembro computable
de la familia.
UMBRALES PATRIMONIALES (MÁXIMOS)
– Valor catastral de las fincas urbanas o de construcciones situadas en fincas rústicas (excluida la vivienda habitual): ……………… 42.900 euros
Este valor se multiplicará por el coeficiente establecido en la convocatoria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en función del año de revisión.
– Valor catastral de las fincas rústicas (por cada miembro computable: ….. 13.130 euros
– Rendimiento neto reducido del capital mobiliario: ……………………… 1.700 euros

Cuando sean varios los elementos patrimoniales de que dispongan, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento respecto del umbral correspondiente. Se denegará la ayuda cuando la suma de los referidos porcentajes supere cien.
– Ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva o de una participación en los términos establecidos en la convocatoria del Ministerio: ………………… 155.500 euros

Continua…


5.Cuantía de la beca
La cuantía de la beca se corresponderá con el importe de la matrícula abonado por el estudiante en concepto de precios públicos por servicios académicos de los créditos matriculados por primera vez.
En el caso de existir un número de solicitantes con derecho a la ayuda cuyo importe total sea
superior a la dotación presupuestaria, el Jurado de Selección podrá reducir en el porcentaje que acuerde la cuantía máxima de las becas para ajustarlo al límite presupuestario establecido en convocatoria.

6.Incompatibilidades
Estas becas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda para la misma finalidad.
7. Solicitudes
El impreso de solicitud podrá descargarse pulsando aqui o recogerse en la Sección de Convocatorias Especiales del Servicio de Becas y Ayudas al Estudio (Casa del Bedel, C/Benedicto XVI 22, 2ª planta – 37008 Salamanca).
Deberá presentarse, dirigido a la Vicerrectora de Atención al Estudiante y Extensión Universitaria,en el registro de la Universidad de Salamanca (secretaría de los Centros o Rectorado) o bien mediante alguno de los medios establecidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de la solicitud implicará la autorización a la Universidad de Salamanca para
obtener, a través de las correspondientes administraciones tributarias, los datos necesarios para determinar la renta y el patrimonio de de la unidad familiar a efectos de beca.
La solicitud de esta beca no conlleva la exención del pago de matrícula ni su aplazamiento.
Asimismo, implica la aceptación de las bases de la convocatoria.

8.Documentación
Junto a la solicitud, se aportarán los siguientes documentos:
a) Los solicitantes extranjeros presentarán fotocopia del NIE y documento identificativo
de los miembros computables de su unidad familiar.
b) El estudiante que presente su solicitud como independiente, deberá acreditar su
independencia económica y familiar, cualquiera que sea su estado civil, aportando los
medios económicos con que cuenta, y la titularidad o el alquiler de su domicilio.
c) Documentación acreditativa de las situaciones que dan derecho a deducciones:
– Fotocopia del carné de familia numerosa.
– Certificado de cada hermano, hijo o el propio solicitante que esté afectado
de minusvalía, legalmente calificada, de grado igual o superior al treinta y
tres por ciento.
-Resguardo de matrícula de cada hermano menor de 25 años que curse
estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar.
– Orfandad absoluta (sólo para menores de 25 años).
Deberá acreditarse que estas situaciones concurrían a 31 de diciembre de 2015.
d) Los solicitantes que tributen en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra,
deberán también presentar original o copia compulsada de la declaración o
declaraciones de la renta referidas al año 2015 de todos los miembros computables de
la unidad familiar. En su defecto, se deberá acompañar certificado de imputaciones del
año 2015.
e) Documentación acreditativa de las circunstancias personales de carácter especial, en su
caso.
En el caso de que las administraciones tributarias no dispongan de datos de alguno de los
miembros de la unidad familiar o si existiesen dificultades técnicas que impidan o dificulten la cesión de los mismos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar, denegándose la beca en caso contrario.

Continua…


9.Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será del 16 de enero al 20 de febrero de 2017.
No obstante, se podrán atender solicitudes presentadas fuera de este plazo en situaciones de
emergencia social sobrevenida o por otras causas debidamente justificadas y siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

10. Selección
La adjudicación de las ayudas se realizará por módulo económico de menor a mayor.
Excepcionalmente, se podrá conceder la beca a aquellos solicitantes cuya situación económica, social o familiar pueda impedir la continuidad de sus estudios o en los que concurra una situación especial debidamente acreditada.

11. Jurado de Selección
La selección de las solicitudes se realizará por la Junta de Becas Propias de la Universidad de
Salamanca.

12. Resolución
La resolución de la convocatoria corresponderá a la Vicerrectora de Atención al Estudiante y Extensión Universitaria, Se hará pública en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca y podrá consultarse en la página web del Servicio de Becas y Ayudas al Estudio: www.usal.es/becas
Pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso ContenciosoAdministrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación o ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes.
El plazo máximo para resolver la convocatoria será de seis meses a partir de la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera publicado la resolución, se podrán entender desestimadas las solicitudes.

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